Si estás pagando un préstamo personal de un coche o  un préstamo de hace años que le parece que nunca acaba, compruebe que los intereses que paga no sean usurarios. Hay mucho en juego.

Veamos:

¿Desde qué cantidad los intereses se consideran abusivos?

Los intereses abusivos o usurarios, son aquellos que superan el límite establecido por la antigua ley de represión de la usura, que declara nulo el interés que sea notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado.

Estos conceptos jurídicos de notablemente superior y manifiestamente desproporcionado han sidio interpretados por parte del Pleno de la Sala Primera delTribunal Supremo de 25 de noviembre de 2015 que  compara el interés medio de los préstamos al consumo en la fecha del contrato. De modo que comparando nuestro porcentaje TAE (Tasa Anual Equivalente) con el tipo normal, podremos saber si los intereses que pagamos son abusivos.

Como ya dije en mi Blog Delasleyes.com, en “Stop a las Tarjetas de crédito con intereses abusivos”, el pronunciamiento de la Sentencia de la Sala Civil del Supremo del año 2015, sensibilizado con el consumidor, señala que la referencia de comparación es el normal de las operaciones de crédito al consumo. Además debemos saber que el Banco de España publica unas tablas que es aconsejable mirar antes de nada, y pone a disposición la Calculadora con la que podremos hacer estas operaciones. Y para aquellos que no sepan qué tipo de interés nominal están pagando pero que les parece mucho, deben solicitar información al Banco sobre su contrato de préstamo ya que el Banco tienen obligación de transparencia y tenemos derecho a conocer estos datos.

De modo que una vez que hemos comparado lo que pagamos con las Estadísticas publicadas por Banco de España y hemos confirmado que son intereses usurarios, surge la pregunta….

¿qué debo hacer?,  ¿Me devuelven los intereses abusivos?

Cuando se declara la nulidad del contrato en base a la Ley de Represión de la Usura, el Banco deberá devolver todo lo cobrado de más en concepto de intereses y el consumidor deberá devolver solamente la cantidad que recibió de principal, es decir el importe del dinero que se solicitó a la Entidad Bancaria. ¿Por qué renunciar a algo que se tiene derecho?

¿hablo con mi Banco o mejor acudo a un Abogado directamente?, Los Bancos la verdad es que no hacen mucho caso cuando nos dirigimos a ellos de forma individual, nuestro consejo es que acuda a un Profesional.

Contacte con nosotros, a través de nuestra web o directamente a través del teléfono 985 229 834, y le orientaremos a la vista de los intereses que esté pagando en relación con la media publicada por el Banco de España.

Desde Ramírez Páyer abogados analizamos cada caso minuciosamente, y trabajamos sobre la base sólida de la fiabilidad, y la profesionalidad. Con sede en Oviedo y servicio en toda España resolvemos sus dudas, estudiamos su caso y le damos la respuesta que profesionalmente necesita.

 

By: Belén Quesada

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