¿QUÉ PUEDO HACER CUANDO NO RESPONDEN A MI SOLICITUD DE NACIONALIDAD?

Muchos de vosotros habeis presentado solicitud de nacionalidad en los años 2015, 2016 y 2017 y todavía no os han respondido o lo que es peor, ni siquiera os han dado un número de referencia para poder acceder online al apartado “¿cómo va lo mío?…»

De todos es conocido que algunos expedientes se han dormido en el cajón del olvido, y paradójicamente el Ministerio de Justicia está resolviendo los últimos expedientes que llegan en vez de los que se presentaron hace largo tiempo; por ejemplo, hace poco le concedieron la nacionalidad a un cliente en 17 días, otros en un mes, o en dos, pero ahora resuelven más rápido, aunque  hay otros que no se sabe nada de ellos; han sido como abandonados a su suerte, al SILENCIO. Se trata en su mayoría, de aquellos expedientes a los que les pilló la transición a la digitalización, entre la presentación en formato papel y formato electrónico.

En estos casos, si todavía no sabes nada de tu expediente, o si te dieron un número de referencia pero todavía estás esperando, o te requirieron documentos que ya habías aportado, o incluso los aportaste en tiempo, y después aún estás esperando porque no te la han concedido todavía… pero crees que cumples todos los requisitos legales y crees que en tu solicitud estaba todo bien …

En estos casos, todavía se puede hacer algo:

Cuando la Dirección de Registros y del Notariado no responde nuestra solicitud, pero estamos convencidos de que cumplimos todos los requisitos, podemos obtener la nacionalidad acudiendo a la vía judicial.

En primer lugar porque tengo derecho a subsanar si faltaba algún documento en el expediente, pero no me han dado oportunidad, y en segundo lugar porque tengo derecho a una resolución que me la conceda o que me la deniegue, donde me den el derecho a poder recurrir la resolución si es que me la han denegado pero no estoy de acuerdo. Lo que no puede aceptarse es que esperemos una eternidad una respuesta que no llega y lo que es peor, que quizá no llegará nunca si no reaccionamos.

Una vía de reacción frente al llamado silencio administrativo, es el recurso de reposición en vía administrativa. Pero tenemos el inconveniente de que este recurso también corre el serio riesgo de ir al cajón del olvido, como nuestra anterior solicitud.

Por eso lo más recomendable y útil, es presentar RECURSO JUDICIAL ANTE LA AUDIENCIA NACIONAL,  acudir a los Tribunales para que sea un Juez quien pida cuentas a la Administración de por qué no han resuelto todavía; incluso es probable que si tu expediente está completo y correcto, te la concedan en cuanto les llega el requerimiento judicial solicitándoles el expediente pues al fin y al cabo hemos de reconocer que el Ministerio no es que deja de resolver voluntariamente, sino por insuficiencia de medios humanos y materiales ante el aluvión de peticiones.

De modo que todavía hay esperanza…

odemos ayudarte a conseguir la nacionalidad que estás esperando todos estos años… Tenemos que presentar un recurso ante la Audiencia Nacional, ante la denegación por silencio administrativo, y la Administración estará obligada a dar cuentas de nuestro expediente, y a respondernos sin escapatorias en sede judicial.

Desde Ramírez Páyer Abogados con sede en Oviedo y servicio en toda España, presentamos tu recurso a la Audiencia Nacional con la mayor celeridad, desde la base de la confianza y la eficacia.

Contacta con nosotros www.ramirezpayerabogados.es

By: Belén Quesada, Abogada en Ramírez Páyer Abogados.

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